Reyes Cosari propone otorgar certeza jurídica a trabajadores víctimas de desaparición forzada

Con el objeto de que en el Estado de Michoacán se incorpore en su legislación la protección de los derechos laborales a las y los trabajadores, contemplado en ella la figura de la Declaración Especial de Ausencia, que permita dar certeza jurídica ante la relación laboral, el diputado de Morena, Roberto Reyes Cosari, propuso una iniciativa de decreto para reformar la Ley de los trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios.

La iniciativa establece “reinstalar a las y los trabajadores declarados desaparecidos que cuenten con Declaración Especial de Ausencia, en los términos de lo establecido en la legislación especial en la materia. Si es localizada con vida, recuperará su posición, escalafón y derechos de antigüedad de conformidad con la legislación aplicable”.

Ante el Pleno de la 75 Legislatura, el legislador resaltó que, con el fin de sumarse a los esfuerzos que está haciendo el Congreso de la Unión, presentó dicha iniciativa de reforma y adiciones a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus Municipios, y así “establecer los parámetros y ser garante en materia laboral en la figura jurídica de la desaparición forzada de personas, con el objeto de armonizar la legislación federal con nuestra legislación estatal”.

Reyes Cosari argumenta que el Estado Mexicano cuenta con una normatividad que garantiza la personalidad jurídica y los derechos de las personas que se encuentren bajo el supuesto de estar desaparecidas, así como bridar la protección necesaria para sus familiares. En efecto, la Ley Federal de la Declaración Especial de las Personas Desaparecidas, regula el procedimiento para los familiares ante las dependencias e instancias correspondientes, remarcó.

El diputado morenista refirió que la desaparición forzada constituye una violación múltiple, grave y permanente de derechos esenciales de la persona humana de carácter inderogable, como los derechos a la libertad, la integridad personal, la vida y la personalidad jurídica, “consagrados en nuestra Ley Fundamental y en diversas normas de derechos humanos previstas en tratados internacionales”.

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