Regulación a objeción de conciencia garantiza derecho al aborto seguro

Tras la reciente despenalización del aborto en el estado, se informa que la objeción de conciencia, entendida como el derecho del personal de salud a abstenerse de realizar un procedimiento médico por motivos éticos o religiosos, no deberá vulnerar el acceso a servicios de salud esenciales de las mujeres y personas gestantes.

Se cuenta con mecanismos para asegurar que quienes soliciten un aborto seguro sean derivadas a otros profesionales o unidad médica que pueda brindar el servicio en condiciones adecuadas, hasta las 12 semanas de gestación.

Por ello, se apega a la responsabilidad de cumplir con la Ley de Salud del Estado, la cual establece los lineamientos para la prestación de servicios de la interrupción legal del embarazo, así como a la NOM-046, que garantiza el acceso a servicios de salud, incluyendo el aborto, a mujeres y niñas víctimas de violencia sexual, sin necesidad de denuncia previa.

Además, se proporcionan capacitaciones continuas al personal sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas gestantes, así como los protocolos para la interrupción legal del embarazo.

Como parte de una atención integral, la institución brinda servicios de consejería médica, psicológica y social, proporcionando información veraz y oportuna sobre salud sexual y reproductiva y de los diferentes métodos de planificación familiar disponibles.

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