Regula 75 Legislatura funcionamiento de espacios públicos municipales

Al considerar que los espacios públicos son puntos de encuentro en los que convergen el entorno social y su cultura, además de que contribuyen a mejorar el bienestar de los habitantes, el Pleno de la 75 Legislatura aprobó la modificación de su marco jurídico para garantizar un óptimo funcionamiento de estos lugares.

Los diputados, votaron a favor de la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan los artículos 94 y 94 Bis de dicha Ley, presentado por las Comisiones Unidas de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales y de Desarrollo Urbano, Obra Pública y Vivienda.

La iniciativa propuesta por la diputada Daniela de los Santos Torres, tiene como principal objetivo el ampliar el contenido de la Ley Orgánica Municipal para profundizar en materia de espacios públicos y procurar su operatividad óptima, particularmente aquellos destinados a actividades de desarrollo de la comunidad; de recreación, capacitación, actividades artísticas, culturales, deportivas o de esparcimiento.

De esta manera, con la adición a la ley, se garantiza su atención y cuidado, el óptimo funcionamiento y la participación de los vecinos en los espacios en los que no exista autoridad directamente responsable de su cuidado o administración.

El Pleno Legislativo votó a favor de adicionar ambos artículos a fin de que con uno se establezcan requisitos mínimos de operatividad de los espacios públicos destinados a actividades de desarrollo de la comunidad y de desarrollo humano, recreación, capacitación, actividades artísticas, culturales, deportivas o de esparcimiento; y otro, donde se regula el nombramiento y funciones de los encargados ciudadanos en todos aquellos espacios públicos que requieren mantenimiento constante.

Con la adición de los artículos, se mandata que será responsabilidad de los ayuntamientos la operatividad los espacios públicos municipales destinados a actividades de desarrollo de la comunidad y de desarrollo humano, recreación, capacitación, actividades artísticas, culturales, deportivas o de esparcimiento, es responsable de su operatividad.

De igual forma, contempla que en aquellos espacios públicos que no estén bajo la responsabilidad o vigilancia de una instancia municipal específica, quedarán bajo el cuidado de un equipo ciudadano encargado, conformado por 3 vecinos de la colonia donde se encuentre el espacio público de que se trate, nombrados directamente por el presidente municipal.

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