Recursos de Fondo Auxiliar deben destinarse a reparación de daño: Julieta Gallardo

Los recursos del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Estado deben ser destinados para la reparación del daño del fenómeno criminal y de violencia en el Estado, subrayó la diputada Julieta Gallardo Mora, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXXV Legislatura del Congreso del Estado.

La diputada por el Distrito de Puruándiro, presentó este martes ante el Pleno del Congreso una iniciativa para reformar Ley del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Estado, con miras a una mayor protección a las víctimas del delito.

“Es necesario reformar la ley debido a que en las facultades del Fondo Auxiliar, actualmente no se contempla destinar recursos al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral”.

Julieta Gallardo subrayó que se debe garantizar el pleno cumplimiento del objetivo que tiene la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Michoacán, y dotar de las facultades plenas al Poder Judicial del Estado para que cumpla con ellas sin incurrir en una falta legal.

“Uno de los varios propósitos del Fondo Auxiliar es el fortalecimiento de las instituciones relativas a la administración e impartición de justicia, además de todas aquellas instituciones que son necesarias y conexas para su adecuado funcionamiento; de esta forma el fondo se constituye con todos aquellos recursos que provienen de la administración de justicia; recursos que son en general garantías cautelares, de retención de bienes decomisados, de remates de bienes que el propio Poder Judicial por su naturaleza y sus fines no puede tener y menos administrar”.

La legisladora destacó que esos recursos deben de tener un fin preventivo y reparador del fenómeno criminal y de violencia que hoy padecemos.

“Si bien es cierto que nada compensa el haber sido víctima de la delincuencia y que las heridas que está haciendo la violencia en el estado no se puede ni siquiera dimensionar, si resulta éticamente incorrecto que los recursos provenientes del proceso penal sirvan para fines puros del Estado y se apliquen para garantizar efectivamente los derechos de la víctima”.

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