En sesión extraordinaria del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina reasumió la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), después de que un juzgado de distrito en materia administrativa otorgó una suspensión definitiva en el Juicio de Amparo promovido por el funcionario tras su remoción.
Dicho Juicio de Amparo fue promovido por Jacobo Molina en contra de actos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de otras autoridades por considerarlos violatorios de derechos fundamentales previstos en diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Juzgado concedió la suspensión definitiva a Edmundo Jacobo Molina para que “se mantengan las cosas en el estado en el que se encontraban antes de la emisión y publicación” del decreto de reforma electoral en el Diario Oficial de la Federación el pasado 2 de marzo.
Es decir, para que continúe en el cargo que ostenta como titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, “así como para que las autoridades responsables se abstengan de cesarlo o destituirlo de sus funciones con motivo de la publicación de la norma reclamada”. Ello, hasta que se resuelva sobre el fondo del asunto.
Se concreta un acto de justicia que restituye a un funcionario probo y honesto
El presidente Lorenzo Córdova Vianello, afirmó que con la resolución del Poder Judicial de la Federación y la suspensión definitiva que se otorgó al secretario ejecutivo Edmundo Jacobo Molina, “se hace un acto de justicia que restituye en sus funciones a un funcionario probo, honesto y comprometido a quien el sistema electoral y la democracia le deben mucho”.
Al rendir el Informe sobre la continuación en el cargo del Secretario Ejecutivo, con motivo de las resoluciones judiciales dictadas en días pasados, Córdova enfatizó que este suceso además abona a salvaguardar la autonomía y la independencia del INE.
“Este Consejo General por mandato constitucional, el artículo 41 así lo establece, es quien designa a su Secretario Ejecutivo con ocho votos de sus consejeras y consejeros a propuesta del Consejero Presidente y ningún poder del Estado puede removerlo y mucho menos el Legislativo, si no es mediante un juicio político”, recordó.
Esta decisión, añadió “es también evidencia de los resultados de la estrategia jurídico-institucional que el INE decidió instrumentar para defender, con todos los recursos legales a su alcance, los derechos del personal que forma parte de este Instituto”.
Litigios responden a concepción del Estado mexicano de derecho; no a permanencia en cargos públicos
Con motivo de la restitución Jacobo Molina explicó que la sentencia de suspensión definitiva es un primer paso para restaurar la regularidad constitucional en el país.
Además, resaltó que los litigios relacionados con el artículo décimo séptimo transitorio no son simples controversias jurídicas relacionadas con las personas y su permanencia o no en un cargo público, “sino que tienen que ver en realidad con la concepción del Estado mexicano de derecho en el que se respeten las competencias conferidas por la Constitución a los órganos primarios del Estado, así como también los derechos humanos reconocidos a las personas por el ordenamiento, en tanto ejes motores para evitar que las instancias del poder público se conviertan en una amenaza para los individuos”.
Jacobo Molina recalcó que la Constitución es el pacto político fundamental al que se debe la ciudadanía y, con mayor razón, las autoridades. “Quebrantar abiertamente las disposiciones constitucionales o lo que es peor, simular su vigencia sin que nuestras acciones se ajusten a ellas, solamente erosiona progresivamente la función social del derecho y nos acerca peligrosamente a la ley del más fuerte, con las altas d…