*“Consecuencias de acumular el poder en solo un partido político”
Cuauhtémoc Ramón López Silva
La Iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, enviada por la Presidencia de la República a la Cámara de Senadores el 13 de septiembre del año en curso, constituye un retroceso histórico en el acceso a la justicia, el litigio estratégico y la defensa de los derechos humanos en el Estado mexicano.
Dicho acto limita el acceso a una restitución del derecho violentado, bajo la figura del interés legítimo y el interés social, y esto pretende dar un coto de poder, frente a actos abusivos del Estado.
El interés legítimo es la afectación real y directa que una persona sufre en su esfera jurídica por el actuar de autoridad, es decir, todos los actos jurídicos que el Estado ejerce hacia un particular, (física o moral) y que vulneran sus derechos como lo son, el patrimonio, la libertad, y los documentos.
El interés social se define, como aquellos derechos que benefician a la sociedad y que el estado tiene el deber de cuidado, como la seguridad, la salud, la educación y el medio ambiente.
Es por eso, que el interés legítimo se considera que ha permitido a la sociedad en general, acceder a la justicia para restituirlos en el goce de sus derechos constitucionales, cuando estos han sido violentados.
Hoy esta reforma pretende limitar al interés legítimo, obstaculizar el acceso a todo ciudadano mexicano. La esencia del interés jurídico previo a la reforma, era acceder a este por medio del juicio de amparo, para quienes por su especie se encuentran frente al orden jurídico, resintiendo una afectación real.
Es preocupante la Iniciativa, pues pretende nulificar su otorgamiento en casos de enorme relevancia para las y los gobernados. Invocando un supuesto «interés social», la Iniciativa busca blindar al Estado frente al control constitucional y a los representantes de los derechos humanos de las y los gobernados.
Lo anterior contraviene directamente el artículo 107 constitucional, los tratados internacionales y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, resultando, en una profunda regresión en la protección de los derechos humanos y siendo incompatible con el artículo 1º de la Constitución. Nuestro Colegio, reconocido como sujeto idóneo para la promoción y protección del acceso a la justicia como bien público.
Si al día de hoy, nos sorprendemos de obras como el Tren Maya, el cual ha realizado un alto ecocidio, un teleférico en Uruapan y en Morelia, que ha afectado el patrimonio de algunos sectores, pero todo esto se hace en nombre de un bien mayor, «el interés social».
La coacción de estado en su máximos esplendor.
Juzgue Usted.
(Las opiniones vertidas en esta columna son responsabilidad estricta del autor).



