Para garantizar que el principio de paridad de género sea aplicable en las elecciones del próximo año, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobaron los lineamientos para la postulación de candidaturas a candidaturas a cargos de elección popular para el Proceso Electoral Ordinario 2023-2024.
Los lineamientos buscan impulsar a los partidos políticos para garantizar la representación equitativa de mujeres y hombres en espacios de toma de decisiones, a través de una democracia más justa, equitativa e incluyente y así materializar la transformación los roles de género en la sociedad y alcanzar el fin máximo de la igualdad sustantiva.
Los lineamientos garantizan la paridad vertical, horizontal y transversal, para ello, las listas de Representación Proporcional (RP) deberán integrarse de manera alternada mujeres y hombres, asimismo, los partidos políticos y candidaturas independientes deberán integrar las fórmulas con personas del mismo sexo a excepción del caso de los hombres que podrán tener como suplente a una mujer.
Asimismo, las directrices aprobadas por el Instituto señalan que los partidos políticos podrán encabezar sus listas de representación proporcional por el género que ellos decidan siempre y cuando se garantice la tercera posición para mujeres; continuándose con el género que corresponda para los siguientes lugares de la lista. así mismo, deberán integrarse de un cincuenta por ciento de mujeres como mínimo y el resto de hombres.
Sin incidir en la organización interna de los partidos políticos, los criterios en materia de paridad de género para la postulación de candidaturas, garantizarán que los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes para el Proceso Electoral Ordinario Local 2023- 2024 cumplan con una postulación efectiva a favor de las mujeres.
En el caso de las postulaciones para ayuntamientos, cuando las candidaturas sean impares en éstos, se dará preferencia a la postulación del género femenino, de tal manera que los partidos políticos podrán postular planillas integradas en su mayoría con mujeres, con la finalidad de favorecer la integración de los ayuntamientos.
Finalmente, los partidos políticos de nueva creación deberán elaborar bloques distribuidos con base en el listado nominal, los cuales serán de alta, media y baja participación, para su división se tomará como base el número de distritos o municipios en los que el partido político solicite registro de candidaturas y se dividirá en 3 partes iguales, con la finalidad de que las mujeres no sean enviadas a los distritos o municipios más pequeños y de baja participación.