La independencia e imparcialidad, además de considerar los marcos normativos nacionales e internacionales para imponer una pena, guían todas las decisiones judiciales de los jueces del Poder Judicial de Michoacán al momento de resolver un asunto sometido a su consideración.
En este sentido, destaca que en el sistema de justicia penal acusatorio y oral, para sancionar el delito de secuestro agravado en detrimento de José E.S.B., Marco A.S.G. y Luis G.A.G., un tribunal colegiado de enjuiciamiento de la región de Uruapan, dentro de la causa 150/2017, dictó sentencia condenatoria y el cumplimiento de una pena de 210 años de prisión, además del pago de una multa de 28000 UMAS a Noel B.L.
Por otra parte, en la región de Morelia, dentro de la causa 96/2022, Javier A.G.R. fue sentenciado a 25 años de prisión por el feminicidio de Dulce R.M.G.; además, el juez de oralidad penal ordenó el pago de 717 mil 002.00 pesos por concepto de reparación del daño y condena genérica por daño psicológico para las dos víctimas indirectas.
En esta misma región, con 50 años de prisión se sancionó a Hilario L.H. por el secuestro agravado de Rubén B.F., dentro de la causa 1453/2020 por hechos ocurridos en la colonia Isaac Arriaga.
En tanto que un juez de oralidad de la región de Zitácuaro, dentro de la causa 182/2021, dictó sentencia de 20 años de prisión a J.E.R.C., así como el pago de 453 mil 477.20 pesos por concepto de reparación del daño por el delito de homicidio calificado en agravio de F.A.R., por hechos ocurridos en la Tenencia de Guerrero, perteneciente al municipio de Epitacio Huerta.
El Poder Judicial de Michoacán difunde la presente información por considerar que se trata de asuntos de interés público.