Familias de acogida, medida emergente para garantizar atención a niñas y niños

Para garantizar el respeto al derecho de las niñas, niños y adolescentes que esperan a ser adoptados, a convivir en entornos evaluados, capacitados y supervisados, la 75 Legislatura de Michoacán aprobó reformas en materia de adopción, como la adición de las familias de acogida, como medida emergente de atención a estos menores.

Así, las diputadas y diputados del Congreso del Estado aprobaron por unanimidad, el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, así como de la Ley de Adopción, propuesto por la diputada Ivonne Pantoja y dictaminado por las comisiones unidas de Justicia y de Derechos Humanos.

En el dictamen se subraya que, según datos del INEGI en México, 30 mil niñas, niños y adolescentes se encuentran en espera de ser adoptados; sin embargo, por su condición, no todos son sujetos de este proceso.

La adopción es una figura que vela por los menores de edad en estado de desamparo, por lo tanto, la norma jurídica debe atender todas las condiciones para garantizar que los procesos de adopción sean ágiles, seguros y humanos en favor del niño, niña o adolescente.

Derivado de lo anterior, la reforma contempla cambiar el nombre de la Ley de Adopción del Estado por el de Ley de Adopción y Acogimiento Familiar, para dar cabida a la figura de familia de acogida, a la que define como una medida emergente de protección y cuidado temporal a favor del menor, sin que el infante pierda los derechos de su familia biológica.

Asimismo, establece los requisitos y procedimientos para constituir una familia adoptante, en los que destaca: obtener un certificado de idoneidad, mediante la acreditación de un curso de capacitación de carácter obligatorio; en el cual se abordarán los aspectos psicosociales, legales, administrativos y judiciales, así como del cuidado, protección, crianza positiva y promoción del bienestar social de las niñas, niños y adolescentes.

De igual forma, en la reforma se describen las atribuciones del Consejo Técnico de Adopción y Acogimiento, integrado con perfiles altamente capacitados, facultado para supervisar el procedimiento, emisión y entrega de la certificación para la constitución de una familia de acogida.

Podrán ser acogidos hasta por dos años, las niñas, niños y adolescentes que se encuentren bajo la tutela del Estado, cuando no sean susceptibles de adopción y tengan su Informe de Situación Actualizada.

En el dictamen se precisan también las atribuciones de la Procuraduría de Protección, entre las que destaca la de realizar visitas de supervisión a fin de verificar si la niña, niño o adolescente que tienen bajo su cuidado, seguridad y protección, cuenten con los elementos de carácter social, educativo y de salud.

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