Las circunscripciones plurinominales
David Alejandro Delgado Arroyo
El pasado 27 de febrero de este año, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral acordó la demarcación territorial de las cinco circunscripciones electorales plurinominales federales en que se divide el país y la capital de entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas.
En el lenguaje técnico electoral se conoce como circunscripción al territorio en el cual los votos emitidos por el electorado, sirve de base para determinar los cargos de elección popular que correspondan.
De manera que pueden existir circunscripciones uninominales, cuando se elige a un representante por cada una de ellas; o plurinominales, cuando la representación la ejercen varias personas.
Pues bien, el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos refiere en su segundo párrafo que “Para la elección de los 200 diputados y diputadas según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país conformadas de acuerdo con el principio de paridad, y encabezadas alternadamente entre mujeres y hombres cada periodo electivo”.
Contrario a uno de los mitos electorales más citados que refiere que no se vota por diputaciones plurinominales; pues precisamente esas circunscripciones plurinominales sirven para contabilizar los votos que sirven para que conforme a fórmulas de proporcionalidad se asignen diputaciones federales, con el propósito de corregir el sesgo mayoritario de quienes llegan por mayoría relativa, de manera que se posibilita un mejor reflejo de equivalencia entre votos y curules.
Quizá haya quienes sostienen que nunca han votado por las listas de representación proporcional que presenta cada partido político o coalición; sin embargo, es preciso sostener que cuando se vota por diputaciones de mayoría relativa, automáticamente se vota por diputaciones de representación proporcional.
Solamente hay un pequeño grupo de ciudadanía que vota directamente por las listas de representación proporcional, y eso sucede en las casillas especiales, cuando el elector se encuentra fuera de su distrito electoral federal, pero dentro de la circunscripción plurinominal.
Considerando que el año pasado el Consejo General del INE actualizó la distritación federal, que debe realizarse cada que hay un nuevo censo general de población, conforme a la Constitución. Ello tuvo como efecto que la IV Circunscripción integrada por Ciudad de México, Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala perdiera dos distritos electorales federales en su conjunto, es decir, dos por parte de la Ciudad de México y otro por parte de Guerrero, pero sumo uno con el agregado a Puebla.
Lo cual llevó a dicha Circunscripción a 54 distritos, que ya llevaba perdidas constantes desde que en 2006 tenía 60 distritos, para pasar en 2017 a 56. De manera que era indispensable recuperar el equilibrio de las circunscripciones, ya que la segunda Circunscripción con cabecera en Nuevo León, había alcanzado ya 65 distritos (Conformada por Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas).
Por ello, de manera previa, el Consejo General del INE, con fecha 25 de enero de este año aprobó 5 criterios para realizar este ajuste: Equilibrio poblacional, Integridad estatal, Continuidad geográfica, Equilibrio en el número de distritos electorales entre las circunscripciones y Mínima afectación.
Ello dio como resultado un nuevo modelo de conformación de las circunscripciones plurinominales, cuyo criterio decisivo para optar entre diferentes modelos que estuvieron en la discusión, fue el de mínima afectación.
Por lo que solo se tuvieron dos movimientos, Querétaro que pasó de la Circunscripción 2 a la 5 e Hidalgo que pasó de la Circunscripción 5 a la 4. Por tanto, se reestablece el equilibrio de distritos y poblacional de las circunscripciones.
El efecto que se tendrá en lo inmediato para Michoacán es que al ser parte de la Circunscripción 5, dejará de pertenecer Hidalgo para sumarse ahora Querétaro. En consecuencia, los listados de candidaturas de diputaciones de representación proporcional respecto a la cual tendrá efecto la votación de Michoacán, se sumará a la de los Estados de México, Colima y Querétaro, en las próximas elecciones del 2 de junio de 2024. Manteniéndose la cabecera en Toluca; sumando ahora 59 distritos y una población en habitantes de 24 millones 841 mil 122.