En atención a la solicitud del Partido Acción Nacional, la consejera del Instituto Electoral de Michoacán, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, impartió la capacitación “Registro de Candidaturas ante Autoridades Electorales” dirigida a militantes y representantes distritales del partido político.
Durante la apertura de la sesión, la consejera Mendoza Díaz de León destacó la relevancia de estas actividades de formación y capacitación, resaltando que las personas capacitadas serán quienes representen y defiendan los intereses de su partido durante los procesos electorales.
En su exposición, explicó las diferencias y particularidades entre las figuras de coaliciones y candidaturas comunes, enfatizando que ambas modalidades tienen implicaciones específicas en los procesos electorales y en la forma en que se organizan y participan los partidos políticos.
Asimismo, compartió detalles sobre el funcionamiento del Sistema Nacional de Registros (SNR) para candidaturas federales, así como Sistema de Captura e Impresión de Formatos para el Registro de Candidaturas (SICIF), plataforma creada por el IEM para los registros locales, estas herramientas tecnológicas sirven para optimizar procesos de carga de documentación y requisitos, así como la revisión y valoración de los mismos.
También abordó el sistema Cónoceles que permite transparentar la información de candidatos, facilitando a la ciudadanía conocer los perfiles y trayectorias.
La consejera Mendoza Díaz de León subrayó que el registro de candidaturas es una fase crítica y esencial del proceso electoral, ya que garantiza el cumplimiento legal de quienes aspiran a cargos de elección popular.
De igual forma, señaló la importancia de impulsar una reforma en materia de plazos para el registro de candidaturas, debido a que actualmente el período de revisión documental es sumamente breve, generando desafíos para partidos e instituciones electorales.
Finalmente, Mendoza Díaz de León recordó que no es posible realizar sustituciones de candidaturas en los 30 días previos a la jornada electoral, debido al proceso de impresión de las boletas, excepto en casos excepcionales como fallecimiento o causas de fuerza mayor debidamente acreditadas.



