Queda prohibido constitucionalmente toda discriminación por preferencia sexual

Ahora, en Michoacán queda prohibido toda discriminación motivada por la orientación sexual, la identidad y la expresión de género, esto, luego que el Congreso local aprobó reformar el artículo 1° de la Constitución Política del Estado.

Mediante el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Igualdad Sustantiva y Género, el Pleno de la 76 Legislatura reivindicó la igualdad sustantiva entre las personas, al prohibir constitucionalmente toda discriminación por orientación sexual.

Con tal disposición, se orienta a que las autoridades establezcan políticas públicas y adopten medidas necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual, preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales.

Una vez que fue avalado por las diputadas y los diputados locales, se notificará a los Ayuntamientos del Estado y al Concejo Mayor de Cherán, para su conocimiento y aprobación para los efectos constitucionales correspondientes.

Cabe destacar que el Congreso del Estado tendrá un plazo de ciento ochenta días, contado a partir de su entrada en vigor, para armonizar la normatividad conforme a lo establecido en el Decreto.

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