David Alejandro Delgado Arroyo
En las últimas semanas, el debate público en México ha girado en torno a la reforma judicial propuesta desde el pasado 5 de febrero. Por lo que la referencia formal a la misma es una de las 20 iniciativas presentadas por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados, como Cámara de Origen, que se encuentran publicadas en su Gaceta Parlamentaria de la fecha referida.
El pasado 30 de Julio, participó la consejera presidenta del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, Guadalupe Taddei Zavala, en el séptimo diálogo nacional para la iniciativa en materia de Reforma al Poder Judicial de la Federación, organizado por la Cámara de Diputados.
Es importante subrayar que la participación de la Consejera Presidenta no fue para pronunciarse sobre el fondo de la iniciativa en materia del Poder Judicial, sino para plantear aspectos técnicos operativos de su implementación.
De igual forma, la Consejera Presidenta no se pronunció sobre una cifra específica de lo que representa presupuestariamente la organización de la elección de jueces y magistrados que plantea la iniciativa, puesto que como quedó claro, ello depende de las respuestas que el legislativo aporte sobre los múltiples cuestionamientos técnico operativos de la forma como se acuerde, en su caso, que sería dicho proceso electoral.
La elección de Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, debe ser considerado con la seriedad debida para ofrecer condiciones similares a la elección de las figuras que se eligen en los otros dos Poderes Federal y Locales, más lo que significan las elecciones de ayuntamientos.
En otras palabras, su costo, no debe ser determinado a un cálculo sin ningún fundamento, sino que dependiendo de lo que se requiera, convertirlo en un presupuesto.
Si bien es cierto, que se puede tomar como referencia los $9,578,134,319.00 que costó el proceso electoral federal 2023-2024, considerando tanto presupuesto de 2023 como de 2024. También es cierto que, hay múltiples definiciones que es necesario disponer para quitar o agregar, y eso sólo lo pueden definir en el Poder Legislativo.
Es importante precisar que la dimensión de los cargos que de aprobarse la iniciativa en sus términos implicaría, es mucho mayor en términos federales a lo que significa la elección de los otros dos poderes, puesto que en el Ejecutivo se elige1 cargo y en el legislativo a 500 integrantes. En el Poder Judicial de la Federación implicaría, con datos disponibles a 2016 y con la iniciativa a la vista, la elección de alrededor de 1,400 personas. A lo que se agregarían los miles de jueces del orden local.
Lo anterior, tiene un impacto directo sobre la organización de la elección, puesto que en términos de los cargos nacionales, como lo son las Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las Magistradas y Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Magistrada o Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no hay mayor problema para efectuar los cómputos de la elección, utilizando la estructura desconcentrada del Instituto Nacional Electoral.
En este tipo de cargos, hay claridad de que tendrán derecho a acceso a radio y televisión de manera igualitaria, pero no hay definiciones sobre los términos de dicho acceso; también hay claridad de que la autoridad electoral organizará foros de debate, pero no hay especificaciones, que en ambos casos tendrían que ser definidos en una legislación secundaria.
Pero en el caso de las personas magistradas de Circuito, así como de las Juezas y los Jueces de Distrito; hay un problema organizativo que ya visibilizó el expresidente del …