La 75 Legislatura aprobó reformas a la Ley de Derechos y Protección para los Animales, en la que se establece la creación del Programa Estatal de Reinserción Canina, como un mecanismo para la inclusión de perros, en condición de abandono, a la sociedad, con fines de asistencia, terapéuticos, educativos, de seguridad pública e investigación policiaca.
De esta forma, el dictamen presentado por la Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente, refiere que el programa está dirigido a brindar una oportunidad de vida y trato digno a los canes en situación de calle para que puedan contribuir al proceso de recuperación de las personas con necesidades especiales.
En este contexto, los ayuntamientos serán los encargados de operar el Programa Estatal de Reinserción Canina a través de sus unidades de control canino o análogas, de acuerdo a lo estipulado en la ley.
Para tal efecto, el Ejecutivo del Estado destinará los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros, de acuerdo a sus posibilidades, para el desarrollo del programa en referencia.
Asimismo, plantea que para el desarrollo del programa, las unidades municipales podrán solicitar el apoyo de la sociedad civil organizada.
De igual forma, señala que el proceso de reinserción canina, a través de su adiestramiento e instrucción, se basará en la alteración de la conducta del animal realizada por profesionales, con la finalidad de acondicionarlo para llevar a cabo rutinas con fines de asistencia, terapéuticos, de seguridad, auxilio, investigación o apoyo policiaco.
Con ese propósito, se establecen los lineamientos para llevar a cabo el proceso de detección, canalización, instrucción y adiestramiento de los canes, destacando, que solo serán elegibles para el programa aquellos que, en condición de calle, sean recuperados por las autoridades municipales competentes.
Añade también, que el adiestramiento, instrucción y preparación canina será realizado por profesionales especializados y capacitados en las materias de medicina veterinaria, biología o carreras afines.